Procedimientos de los Procesos Selectivos en Educación
¿Cómo son las Oposiciones de Maestros y Profesores?
El sistema de ingreso en la Función Pública Docente es mediante concurso-oposición. Las Administraciones Educativas de cada una de las Comunidades Autónomas convocan determinadas plazas de las distintas especialidades en función, por un lado, del número de jubilaciones que haya habido, y por otro de la tasa de reposición establecida por el Gobierno Central.
Normalmente se han ido convocando anualmente o cada dos años, de forma alterna, dependiendo de cada Comunidad Autónoma y de si el proceso selectivo es para acceder al cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria y cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
Las convocatorias suelen salir entre los meses de enero y abril, y las pruebas suelen comenzar a finales de junio.
El aspirante que desee opositar deberá cumplir los requisitos y presentar la instancia en la Comunidad Autónoma a la que quiera acceder y pagar un importe en concepto de tasa por derechos de examen, en base a las directrices establecidas en la convocatoria de la misma.
A nivel general, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, con carácter previo a la fase de oposición, su conocimiento del castellano, bien con la acreditación de títulos o certificados del nivel correspondiente, o bien mediante la realización de una prueba previa a la fase de oposición. En caso de no obtener la puntuación de apto en dicha prueba, el aspirante no podrá continuar con el proceso selectivo.
Del mismo modo, en aquellas Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial, el opositor deberá acreditar el nivel de competencia del idioma, con la acreditación correspondiente o realizando previamente una prueba. Si no la superase no podría continuar con las pruebas de oposición.
El proceso de ingreso consta de dos fases: la fase de oposición, dividida en dos pruebas, para comprobar los conocimientos científicos de la especialidad y la aptitud pedagógica del docente; y la fase de concurso, en la que se valoran los méritos según el baremo de puntos publicado en la convocatoria de la correspondiente Comunidad.
La ponderación de las puntuaciones para formar la puntuación global será:
- Fase de oposición: dos tercios.
- Fase de concurso: un tercio.
Una vez superadas las fases de oposición y concurso, se publicarán los aspirantes seleccionados para pasar al nombramiento como funcionarios en prácticas. Las Administraciones competentes en materia de Educación en cada una de las Comunidades Autónomas regularán este período de ejercicio de la docencia en centros públicos bajo la tutoría de profesores experimentados. La fase de prácticas tendrá una duración mayor a un trimestre y no superior a un período escolar, y podrá incluir cursos de formación.
En las siguientes secciones de nuestra "Guía del opositor para Maestros y Profesores" encontrarás toda la información detallada sobre las oposiciones.